0016-3-Apelación-a-medida-cautelar-de-alimentos
Apelación a medida cautelar de alimentos
La presente es una APELACION con un pedido de oposición a una medida cautelar de pensión de alimentos, solo la debe usar si Ud. ha sido demandado por un juicio de alimentos y en dicho juicio a su vez a Ud. le han fijado un pago temporal de alimentos y este monto o porcentaje Ud. lo considera excesivo y a su vez Ud. ya cumplió con OPONERSE y lo que el Juez resolvió en dicha OPOSICION Ud. no lo considera justo.
La medida cautelar de pensión de alimentos que se interpone en un juicio de alimentos es una especie de anticipación que hace el Juez un cálculo antes de sentencia que muchas veces puede resultar excesivo y que para que en ese juicio de alimentos Ud. no esté expuesto a ese pago debe cuestionarlo mediante este mecanismo de APELACION a medida cautelar de pensión de alimentos.
El plazo que Ud. tiene para presentar este documento es de tres días luego de notificado con la oposición, debe adjuntar tasas y cedulas de notificación.
Interpuesta la Apelación será otro Juez quien decidirá si efectivamente el otro Juez se excedió y de esa manera perjudico a otros hijos menores de edad o a sus padres de Ud. o esposo (a). En caso reclame por padres y esposos debe presentar un acta de conciliación con ellos de no hacerlo es posible que el Juez no le tenga en cuenta.
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¿Que escrito sigue? Luego de este documento el Juez mandara un expedientillo a otro Juez superior quien verificara si el primer Juez hizo lo correcto y notificara la decisión final.