Demanda judicial: Reconocimiento de Sentencia Extranjera de Divorcio (EXEQUATUR)
Esta es una demanda que persigue se reconozca una sentencia extranjera de divorcio aquí en Perú. Este trámite exige que Ud. adjunte la sentencia de divorcio extranjera debidamente apostillada (es decir certificada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del País de origen). En caso este en idioma extranjero debe Ud. realizar una traducción oficial, es decir ante un traductor autorizado por el Estado Peruano.
No debe Ud. confundir la sentencia con un certificado o constancia que muchas veces entregan las cortes extranjeras.
Este documento se presenta ante el Poder Judicial, a la Sala de Familia de la ciudad donde residieron por última vez.
Este proceso puede tener tres «tiempos de demora». Si la presentan ambos ex esposos o sus apoderados, durara 3 o 4 meses. Si la presenta uno solo y notifica al otro ex esposo en el Perú puede durar de 7 a 8 meses y si por el contrario el otro esposo domicilia en el extranjero el plazo se puede disparar hasta 1 año y medio.
Cuando se presenta este tipo de demandas de exequátur?
La demanda de exequátur de divorcio se debe presentar cuando Ud se ha divorciado en el extranjero y en el Perú sigue apareciendo como casado.
El reconocimiento de sentencia extranjera de divorcio, debe contener la partida de matrimonio peruana, o expedida por el Cónsul de Perú y de preferencia ser presentado por ambos ex esposo, en caso Ud. se encuentre en el extranjero puede mandar un poder especial para que lo representemos en el Peru.
Descarga Simple, descargue el Documento con la guía para su llenado.
Descarga con Asistencia, Se descarga el documento y se llena los datos como nombre, dirección, Número de docuentos y se establece una sesión de media hora donde un especialista según sus intereses le ayudará a llenar el documento.